Nueva ley cripto en Emiratos: ¿regulación o prohibición?

 Nueva ley cripto en Emiratos: ¿regulación o prohibición?
  • Las sanciones por operar sin licencia alcanzan $136 millones de dólares.
  • ¿Se convierte la autocustodia en delito si un residente usa una billetera global?

¿Regulación estricta o una prohibición encubierta del Bitcoin?

La reciente reforma del marco financiero en los Emiratos Árabes Unidos (EAU) ha encendido alarmas dentro del ecosistema cripto global. Con multas que pueden llegar a $136 millones de dólares y penalización incluso para herramientas básicas de autocustodia, muchos desarrolladores advierten que el país podría estar imponiendo, de facto, una “prohibición del Bitcoin”. El alcance de esta ley es amplio y plantea una pregunta central: ¿es una medida de ordenamiento financiero o un retroceso para uno de los centros globales de innovación en blockchain?

Un nuevo perímetro regulatorio que redefine el acceso a criptomonedas

El cambio clave proviene del Decreto Ley Federal N.º 6 de 2025, que reemplaza la normativa bancaria de 2018. La nueva ley, en vigor desde el 16 de septiembre, amplía drásticamente los requisitos para obtener licencias del Banco Central y transforma en potencial delito cualquier actividad financiera realizada sin autorización.

El artículo 170 tipifica como delito toda actividad financiera no licenciada. Las sanciones incluyen:

  • Multas desde 50.000 hasta 500 millones de dirhams (hasta $136 millones de dólares).
  • Penalización tanto para empresas que ofrezcan productos financieros como para quienes faciliten su uso mediante tecnología.
  • Alcance extraterritorial: empresas fuera de los EAU también pueden ser responsables si sus servicios están disponibles para residentes del país.

Este enfoque expansivo convierte a la tecnología en un eslabón regulado, independientemente de si hay o no custodia directa de fondos. Esto afecta infraestructura, APIs, aplicaciones móviles, exploradores de bloques y protocolos descentralizados.

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La autocustodia, ahora bajo licencia Para desarrolladores y usuarios, la parte más polémica está en el artículo 62, que permite al Banco Central supervisar cualquier tecnología que “participe, facilite o emita” una actividad financiera. Esto incluye:

La ley “convierte en delito” ofrecer herramientas de autocustodia sin licencia. Su interpretación es contundente: “El único Bitcoin que puedes poseer es aquel autorizado por el Banco Central de los Emiratos Árabes Unidos”.

Marketing, publicidad y contenido también quedan regulados

Otro punto crítico es el artículo 61, que clasifica la publicidad, marketing o promoción de productos financieros como una actividad que requiere licencia. Esto implicaría que:

  • Un simple boletín informativo enviado desde fuera del país.
  • Un tuit sobre un producto financiero accesible en los EAU.
  • Un post en un sitio web global visible desde Emiratos.

…podrían considerarse infracciones.

Esto amplía el desafío para empresas internacionales, que ahora deben considerar el riesgo legal incluso sin operar directamente en el país.

Impacto en Dubái como centro global de criptomonedas

Durante los últimos años, los EAU especialmente Dubái se posicionaron como uno de los polos más importantes para blockchain, atrayendo empresas bajo marcos regulatorios como VARA (Dubái) y ADGM (Abu Dabi). Sin embargo:

  • La ley federal tiene prioridad, incluso sobre zonas francas.
  • Esto implica que las normas favorables de Dubái quedan subordinadas al nuevo marco.
  • La medida contrasta con la estrategia de atracción de talento cripto que impulsó al país desde 2021.

Este giro no sorprende a analistas que recuerdan el historial de restricciones digitales del país, como el bloqueo permanente de las llamadas de WhatsApp.

Riesgo global: empresas podrían retirar servicios

Una consecuencia esperada es que muchas aplicaciones y plataformas opten por deshabilitar acceso desde Emiratos para evitar responsabilidades. Ya ha ocurrido en otras jurisdicciones presionadas por organismos como el GAFI, que desaconsejan la autocustodia por riesgos de lavado de dinero.

Las entidades afectadas disponen de un año para adaptarse, aunque este plazo puede ampliarse a discreción del Banco Central. En los próximos meses se publicarán normativas adicionales que aclararán cómo se aplicarán estas reglas en la práctica, pero por ahora la incertidumbre predomina.